Qué ha expirado
El artículo 143 de MiCA permitía a los Estados miembros mantener durante un máximo de 18 meses a los proveedores que ya operaban bajo la normativa nacional. Las empresas que prestaban servicios antes del 30 de diciembre de 2024 podían continuar hasta ser autorizadas, hasta que se les denegara la autorización o hasta que venciera el periodo.
Venció el 1 de julio de 2026. La ESMA ha sido explícita al señalar que se espera que los proveedores sin autorización después de esa fecha cesen su actividad de forma ordenada, y ha advertido directamente a los inversores minoristas de que no todas las empresas que utilizaban antes de esa fecha estarán autorizadas después de ella.
La parte que pilla desprevenidos a los grupos
No todos los Estados miembros adoptaron el periodo transitorio máximo, de modo que los plazos difirieron según el país a lo largo de toda la transición. La ESMA publicó una lista país por país. Para un grupo que opere a través de varias entidades en la UE, una entidad podía enfrentarse a una fecha límite bastante anterior a la de otra, y la autorización no se transfiere entre ellas.
Qué debería hacer un usuario
Nada drástico, y nada que vayamos a indicar nosotros. La comprobación es acotada y verificable: localiza el nombre de la entidad jurídica en las condiciones del proveedor y búscalo después en el registro de la autoridad nacional competente que corresponda. Las empresas autorizadas figuran ahí. Esa es toda la prueba.
Nuestras páginas de jurisdicciones identifican al regulador de cada país de nivel 1 y enlazan su registro.
Fuentes
- ESMA, Statement on the end of transitional periods under MiCA (1 Abr 2026)
- ESMA, Markets in Crypto-Assets Regulation (MiCA) (1 Jul 2026)
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