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Jurisdiction · · 2 min de lectura · 393 palabras · Actualizado ·A fecha de

Normativa cripto en la India

El sector cripto no está prohibido, pero las ganancias tributan a un tipo fijo del 30 % con una retención del 1 % sobre las transferencias, y los proveedores de servicios deben registrarse ante la FIU-IND.

Regulador(es) FIU-IND, Income Tax Department, Reserve Bank of India

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De un vistazo

¿ES LEGAL OPERAR?
No está prohibido. Los activos digitales virtuales están reconocidos en la normativa tributaria y sujetos a obligaciones de prevención del blanqueo, pero no existe un régimen integral de licencias para negociarlos.
LICENSING REGIME
Los proveedores de servicios sobre activos digitales virtuales deben registrarse ante la FIU-IND como entidades declarantes conforme a la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.
TAX TREATMENT
Un tipo fijo del 30 % sobre las rentas procedentes de la transmisión de activos digitales virtuales, sin deducción de gastos distintos del coste de adquisición y sin compensación de pérdidas.
REPORTING DUTIES
Retención en origen del 1 % sobre las transmisiones conforme a la Sección 194S. Declaración de las posiciones en activos digitales virtuales en la declaración de la renta.
MOST RECENT CHANGE
El incidente de WazirX y su posterior reestructuración supervisada judicialmente ha sido el acontecimiento nacional más significativo para los usuarios indios.

Gravado, no licenciado

El enfoque de la India es inusual: la normativa tributaria reconoce y grava los activos digitales virtuales con detalle, mientras que no existe un régimen integral de licencias o de conducta para negociarlos. A los proveedores de servicios se les incorpora al perímetro a través del derecho de prevención del blanqueo, y no del derecho de servicios financieros.

El 30 % y el 1 %

Las rentas procedentes de la transmisión de un activo digital virtual tributan a un tipo fijo del 30 %, con independencia del tramo del contribuyente. Dos características lo hacen materialmente más duro de lo que parece a primera vista. No se admite ninguna deducción salvo el coste de adquisición: ni las comisiones de la plataforma, ni los costes de infraestructura. Y las pérdidas por activos digitales virtuales no pueden compensarse con otras rentas ni, según la disposición tal como se aprobó, con ganancias de otros activos digitales virtuales.

Por separado, la Sección 194S impone una retención en origen del 1 % sobre la transmisión de un activo digital virtual por encima del umbral aplicable. Esa retención no es un impuesto adicional sobre el beneficio; es una retención a cuenta de la deuda final, deducible en la declaración. Pero como se aplica sobre el valor de la operación y no sobre la ganancia, tiene un efecto pronunciado sobre la negociación de alta frecuencia, algo que se entendió ampliamente como parte de su finalidad.

Registro de prevención del blanqueo

Los proveedores de servicios sobre activos digitales virtuales son entidades declarantes conforme a la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y deben registrarse ante la Unidad de Inteligencia Financiera de la India. Esto se aplica tanto a las plataformas extraterritoriales que prestan servicio a usuarios indios como a las nacionales, y la FIU-IND ha actuado contra proveedores extraterritoriales incumplidores.

WazirX

El acontecimiento reciente de más consecuencia para los usuarios indios no fue un cambio normativo, sino un incidente. WazirX sufrió un gran compromiso de firma múltiple en julio de 2024 y entró después en un proceso de reestructuración supervisado judicialmente. Conisec registra ese incidente en el Rastreador de Incidentes. Es una ilustración práctica de lo que significa la ausencia de un régimen de conducta y custodia cuando una plataforma quiebra: la recuperación discurre por procedimientos de tipo concursal y no por una resolución supervisada por un regulador.

Fuentes

  1. Income Tax Department (India), Income tax provisions relating to virtual digital assets (1 Ene 2026)
  2. Financial Intelligence Unit — India, Reporting entity registration (1 Ene 2026)

No es asesoramiento jurídico ni fiscal. Esto es un resumen de normas publicadas, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Las normas cambian; consulta las fuentes primarias enlazadas más arriba.

Última revisión por Conisec Staff. Frecuencia de revisión: Trimestral.